Law Articles - Lawdit Reading Room
No. 1 Brunswick Place Southampton SO15 2AN
Tel: 023 8023 5979 Fax: 023 8063 2849
Email:

ULTIMAS NOVEDADES DE LA REFORMA CONCURSAL

26 July 2010

ULTIMAS NOVEDADES DE LA REFORMA CONCURSAL

Por Carlos Paton 25 de Julio de 2010.

La reforma concursal, ha introducido una serie de novedades, una de ellas, es la de conceder al deudor un perĂ­odo para negociar, en el que su obligacion de solicitar la declaracion de concurso de acreedores puede quedar en suspenso. Esta fase preconcursal tiene indudables efectos beneficiosos pero tambien puede encerrar algun perjuicio si no es utilizada de manera correcta. Los acreedores deben, estar bien asesorados y seguir el proceso y para poder obtener una serie de ventajas en sus expectativas de cobro.

La reciente reforma producida en la citada Ley Concursal, incluye, entre otras medidas, la posibilidad de que el deudor suspenda su obligacion de solicitar concurso voluntario durante un plazo maximo de cuatro meses. La norma permite que, con cierto auspicio judicial, se desarrolle una fase preparatoria de negociacion de la propuesta de convenio anticipado, que tambien podra ser utilizada como lapso de tranquilidad en el que actuar para preparar la declaracion de concurso sin la tension que produce la posibilidad de que un acreedor instara concurso necesario o, incluso, puede ser usada para alcanzar un pacto de refinanciacion que evite el proceso concursal.

Para poder acogerse a esta medida, la Ley permite al deudor, que cumpla una serie de requisitos: En primer lugar haber iniciado negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio y, dentro del plazo establecido en el apartado 1 del articulo 5 de la Ley Concursal (dos meses), para ello debe ponerlo en conocimiento del juzgado competente.

Una vez instada la susodicha comunicacion al juzgado, el deudor dispone de un plazo de tres meses para negociar posibles convenios. La comunicacion produce como efecto adicional la suspension de la posibilidad de que los acreedores insten concurso necesario. Solamente en el caso de que el deudor incumpla los plazos de presentacion de solicitudes que le impone el propio precepto, seran proveidas las demandas interpuestas con posterioridad a la notificacion que abrio la fase preconcursal. Abierta la fase de negociacion previa al concurso, queda el deudor blindado ante cualquier solicitud de concurso necesario.

Otra de las consecuencias positivas que pueden ser afectadas al deudor, seria que la fecha de presentacion de la solicitud de concurso voluntario, sera la de la comunicacion al Juzgado, siempre y cuando el deudor haya cumplido los plazos de presentacion de la mencionada solicitud, esto es, un maximo de cuatro meses desde la notificacion.Por lo tanto, cualquier

deudor en dificultades, podra adoptar las medidas judiciales o extrajudiciales que mejor le convengan sin la presion que una rapida actuacion de los acreedores podia ejercer sobre su capacidad de decision.

Carlos Paton Abogado (Lawyer)

Debido a problemas surgidos en el sistema informatico de Lawdit, no ha sido posible acentuar ninguna palabra.

carlos.paton@lawdit.co.uk <mailto:carlos.paton@lawdit.co.uk>


Law Articles
    Case Watch
    Commercial
    Copyright
    Employment
    Litigation

Latest Law Articles

Instruct Us
No matter where you are in the world, if you are a lawyer or a business looking for commercial / IP advice - Click to instruct us now.

bookmark and share

Home
 | 
About Us
 | 
 |  Contact Us
 | 
Legal Notices
 | 
Sitemap
Lawdit Solicitors is the trading name of Lawdit Solicitors Ltd.
Lawdit Solicitors is regulated by the Law Society of England & Wales
"Commercial lawyers that provide a no -nonsense creative legal service for creative people"